jueves, 18 de diciembre de 2008

TRABAJAR PARA VIVIR, NO VIVIR PARA TRABAJAR: Una valoración de urgencia




El abrumador rechazo del Parlamento Europeo (421 votos contra 273 y 11 abstenciones) a la propuesta de Directiva sobre tiempo de trabajo pone de manifiesto que, primero, el Parlamento ha actuado en total coherencia con el hecho de ser la única institución europea con directa responsabilidad política ante los ciudadanos que eligen a sus miembros. Las conquistas sociales de los trabajadores europeos son un patrimonio de toda la ciudadanía, especialmente las que se refieren al tiempo de trabajo, por eso a nadie en Europa si se le da libertad para elegir elige vivir para trabajar en vez de trabajar para vivir. Es decir, elige que el tiempo en el que somete a las órdenes de otro (el empresario) este limitado para que su salud no se quebrante y para tener otro tiempo para su disposición.


La lucha histórica por las 8 horas de trabajo diarias tenían ese sentido y el Parlamento ha conectado con la ciudadanía. No así la Comisión ni el Consejo (España y Grecia se opusieron y Bélgica, Chipre, Hungría, Malta y Portugal se abstuvieron) que pretendían permitir que en Europa se trabajase 65 o mas horas a la semana. No es casualidad que ni la Comisión ni el Consejo respondan directamente ante los ciudadanos. No se sabe cómo el Consejo llega a sus acuerdos, es “la diplomacia, no la democracia” lo que rige su funcionamiento.


Segundo, el Parlamento Europeo ha mostrado que es falsa la libertad de opción individual (opt-out) de un trabajador con su empresario para que no se le aplique el convenio colectivo o la propia directiva que limita como regla general a 48 horas la “jornada” semanal de trabajo. La Historia ha dejado claro que la relación de trabajo es una relación entre “uno que tiene poder y otro que no lo tiene” y por eso no hay libre acuerdo entre desiguales. Dicho de otra forma, lo que pretenden la Comisión y el Consejo es dinamitar el convenio colectivo pues, aún con grandes diferencias entre los sistemas de relaciones laborales nacionales europeos, en todos, de un modo u otro, la esencia del convenio colectivo es su inderogabilidad frente al acuerdo individual entre trabajador y empresario. Ese patrimonio de la civilización europea estaba seriamente amenazado y hoy el PE ha puesto un plazo de tres años para que la falsa “libertad de opción” se elimine de la faz de la tierra europea (se empezó a aplicar en 2003 en el Reino Unido y los países del Este ha seguido su senda).


Tercero, se ha mostrado que la jornada de 48 horas puede ser flexible (calculada en un periodo de tiempo que puede llegar a un año) pero no por ello tiene que alargarse. Tal vez por estas razones el Congreso de los Diputados español, por unanimidad, votó en su día contra la propuesta de Directiva y el Parlamento Europeo ahora le ha secundado
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jueves, 11 de diciembre de 2008

JUSTIFICACIÓN DE UN CURSO





JUSTIFICACIÓN DEL CURSO dirigido a expertos Latinoamericanos en Relaciones Laborales.



La resolución de la llamada “cuestión social” que surgió en respuesta a las duras condiciones de vida y trabajo que sufrían los trabajadores como consecuencia de las transformaciones sociales que se engloban bajo el concepto de revolución industrial, fue uno de los mayores retos que las sociedades europeas tenían planteados en los inicios del convulso siglo XX . Durante este siglo, a pesar de los traumas de las dos guerras mundiales y de la guerra civil española, la reforma social se fue abriendo camino de modo progresivo hasta alcanzar su más alta plasmación en una nueva forma de organización del Estado que se expresó en todas las constituciones de los países de Europa occidental mediante la fórmula del Estado Social y Democrático de Derecho a partir de la segunda postguerra mundial.


El Estado Social y Democrático de Derecho significa, no solo el sometimiento de los poderes públicos al principio de legalidad, al imperio de la ley, sino el compromiso de esos mismos poderes por hacer real la igualdad, lo que implica el desarrollo del principio de igualdad, entendido no como mera igualdad ante la ley, sino igualdad en la aplicación de la ley e igualdad en la ley. Los poderes públicos están obligados, como se establece en el art. 9.2 de la Constitución española, a remover los obstáculos que impiden o dificultan que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos en los que se integra sean reales y efectivas. La acción de los poderes públicos en esta materia se complementa con el reconocimiento de los derechos fundamentales de contenido social y en el entendimiento de que todos los derechos fundamentales, incluidos aquellos típicos que protegen un espacio de inmunidad de los individuos, tienen una vertiente social que les convierte, en ciertas medida, en derechos prestacionales.


Para llegar a este desarrollo constitucional ha sido necesario que en la esfera infraconstitucional se haya ido abriendo paso un modo de entender las relaciones entre empresarios y trabajadores en el que el ”feudalismo industrial” ha quedado abolido. Esto es, un modo de trabajar en el que se ha procedido a un reconocimiento de derechos a favor de los trabajadores a través de una técnica especifica, como ha sido la limitación de la autonomía de la voluntad individual mediante la ley y la negociación colectiva, el reconocimiento del derecho de sindicación y de la acción sindical, derecho de huelga comprendido, y la creación de mecanismos específicos para la resolución de conflictos, tanto individuales como colectivos. En definitiva mediante la aparición de una nueva rama del ordenamiento jurídico, el Derecho del Trabajo, que presupone la asunción de contribuciones de otras ramas de las ciencias sociales como la historia, la sociología, la economía y la psicología social.


Por otro lado las condiciones de vida mas allá de la relación estricta de trabajo no podían ser ignoradas porque los trabajadores, y por extensión todos los ciudadanos, son sujetos vulnerables que caen con facilidad en estados de necesidad cuando son golpeados por acontecimientos que ellos mismos no controlan y de las que no son responsables pero acaban sufriendo, como la enfermedad, el desempleo, la falta de rentas por alcanzar avanzada edad, la invalidez, las cargas familiares, etc…la evidencia de la socialidad de determinados riesgos es lo que llevó a la creación de los primeros Seguros Sociales y después de la segunda guarra mundial a la implantación de los Sistemas de Seguridad Social.


Derecho del Trabajo y Sistemas de Seguridad Social han sido la buena herencia que en Europa nos ha dejado el siglo XX, pues gracias a ellos se han convertido en ciudadanos amplias capas de población antes excluidas del goce de los bienes sociales. Se ha alumbrado una ciudadanía social.


No puede negarse que la influencia cultural europea y española es y ha sido importante en el continente que hoy ha se dado en denominar como Latinoamérica que se ha manifestado en el derecho, como una parte de la cultura, de forma acusada. Si bien es cierto que el Derecho del Trabajo es el más eurocentrico de los derechos, no lo es menos que en Latinoamérica ha echado raíces, pero no puede dejar de tenerse en cuenta que las normas jurídicas no operan en el vacío, sino dentro de un contexto social y político determinado que las condiciona. El caso latinoamericano es particularmente interesante porque, si bien el derecho y en particular el Derecho del Trabajo, responde a la larga onda de la cultura europea, la organización de su economía y la política ha estado sometida a la influencia de los Estados Unidos de América lo que ha provocado que ancestrales diferencias sociales no solo no se hayan corregido, sino que se han mantenido o cuando se han dado pasos en determinados países en la nivelación social, se han frustrado con la consiguiente generación de grandes masas de excluidos sociales, como en un tiempo pasado no tan lejano ocurría en Europa. Latinoamérica es un territorio de confrontación de formas o maneras de estar en sociedad.


Esa confrontación es particularmente intensa en los inicios del siglo XXI porque las transformaciones del modo de producir bienes y servicios son extraordinarias y van acompañadas también de transformaciones sociales y económicas de gran intensidad. La interrelación de las economías, de las formas culturales y políticas y la velocidad de la comunicación, fenómenos que de manera resumida se denominan con el término globalización, están planteando si el llamado modo europeo de estar en sociedad puede extenderse universalmente como un “orden público interno” o, por el contrario tendría que entrar en su declinar, lo que sería una regresión en las conquistas democráticas y de civilización. En tiempos de crisis global como los que vivimos estas cuestiones tienen enorme importancia, no solo científica, sino social y política, pero hay una hipótesis que puede ser útil en estos tiempos, cual es que la supervivencia del modo europeo de estar en sociedad no esta garantizada si se limita a Europa y, al tiempo, que ese modo europeo puede aportar elementos esenciales de superación de la actual crisis como el new deal los aportó en la superación de la crisis de 1929.


La formación especializada dirigida a quienes ya son expertos en relaciones laborales de Latinoamérica puede ser un instrumento de gran utilidad para construir alternativas válidas más allá del territorio europeo que vayan en la línea de desarrollo de los valores del Estado Social y Democrático de Derecho.




Nota. He aquí un regalo para el solaz del estudiantado del curso: "Lascia che io pianga": http://www.youtube.com/watch?v=uu1Z2PoaE5I Canta la ciudadana de Parapanda Cecilia Bartoli. Que está mirándonos desde la entrada de este artículo.

sábado, 6 de diciembre de 2008

SOLIDARIDAD CON LOS MINEROS MEXICANOS

Queridos colegas y amigos


Ayer fue detenido el dirigente de los mineros Carlos Pavón Campos, quien está al frente del sindicato, porque el secretario general vive en Canadá en el exilio, debido a que hay órdenes de detención contra él, por supuestos fraudes de los que lo acusan los empresarios Larrea -dueños de las minas y ferrocarriles más importantes del país-. La semana pasada la Procuraduría Federal, subordinada al presidente Calderón, detuvo al otro dirigente minero Juan Linares Montúfar y "congeló" las cuentas bancarias del sindicato, las tres acciones en una semana.


Como se sabe (varios de ustedes tienen información del sindicato minero) desde febrero de 2006 existe una política de completa agresión contra los dirigentes, debido a que ellos y el sindicato se niegan a subordinarse a los empresarios y a los gobiernos de Fox en 2006 y de Calderón en 2007 y 2008. En los antecedentes está la tragedia de la mina Pasta de Conchos con 65 muertos, en la que el gobierno encubrió la negligencia industrial de la empresa; la agresión con cientos de heridos y dos muertos en Michoacán en 2006; la destitución del secretario general Napoleón Gómez Urrutia, por demás arbitraria por el gobierno de Fox, la que fue denunciada en la OIT; actualmente se realizan tres huelgas desde junio de 2007 sin solución, porque las autoridades se niegan a la solución legal, pese a que ya había declarado "inexistentes" (ilegales) las huelgas, las que pudieron continuar gracias a que el sindicato minero ganó los amparos ante la Suprema Corte. Además directamente han sido agredidos los dirigentes y la sede, intentando los Larrea y los gobiernos de Fox y Calderón sustituir a los dirigentes y al mismo sindicato, lo cual si no lo han logrado ha sido por la lucha de los trabajadores, la solidaridad internacional y nacional, y el esfuerzo jurídico bien librado por Néstor de Buen y su despacho.


Carlos Pavón Campos participó en el Seminario Internacional "En Defensa de la Libartad Sindical", en conmemoración del Convenio 87 de la OIT, realizado en la Facultad de Derecho de la UNAM del 6 de noviembre pasado, denunciando las violaciones que cometía el gobierno mexicano (como ustedes recordarán), luego, junto con varios amigos, comió con nosotros.


Queridos amigos, les pedimos su solidaridad con los mineros y sus dirigentes, exigir la inmediata liberación de Carlos Pavón Campos y Juan Linares Montúfar, el cese inmediato a las agresiones al sindicato, lo mismo que la solución a las tres huelgas mineras en el estricto cumplimiento de la ley y, sobre todo, el cumplimiento de la Ley Laboral y el Convenio 87 de la OIT, que en México es obligatoria su aplicación.


Atentamente sus amigos y colegas de México y Oscar Alzaga.

jueves, 23 de octubre de 2008

ES HORA DE CORREGIR EL RUMBO DE LOS PACTOS DE TOLEDO






Con la tecnificación de la guerra se impuso la táctica de lanzar ataques de la artillería (después de la aviación) previos al avance de la infantería que culminaría la conquista de un territorio. Cuando, en cumplimiento de lo acordado en 1995, se aproxima la fecha en la que cumple el quinquenio en el que hay que revisar los Pactos de Toledo, aparecen estudios económicos que anuncian futuras catástrofes para “el sistema de pensiones” por su “insostenibilidad financiera” . Es algo que con la periodicidad del regreso de las golondrinas en primavera viene ocurriendo desde 1995. Que hasta ahora las agoreras previsiones que anunciaban la quiebra del Sistema de la Seguridad Social hayan resultado fallidas no desanima a los emisores de esas opiniones, aunque es verdad que ahora, con la verdadera crisis del sistema financiero internacional, tienen un tono menor que otras veces, lo que no impide que haya empezado un cierto bombardeo artillero que pretende dejar preparado el campo en el que deben medirse los negociadores de la reforma del Sistema de la Seguridad Social. El argumento es simple y repetido: por el momento no hay problemas con el Sistema de la Seguridad Social, pero en un futuro las pensiones de los pasivos será tan altas que las aportaciones de los activos no serán suficientes, por lo tanto el Sistema quebrará. La receta que los voceros liberales ofrecen para evitar esa supuesta quiebra comienza por olvidar algo elemental, esto es, que la Seguridad Social no puede quebrar en tanto exista el Estado, pues es el Estado el que garantiza las prestaciones, a partir de ahí y con el aliento de la Comisión Europea, ahora adalid de liberalismo económico, proponen drenar los fondos de Sistema de la Seguridad Social mediante el desvío de recursos hacia planes de pensiones privados (en sus fórmulas de empleo o puramente individual). Esto es lo que se llamaría una profecía que se autocumple.


Pero como en los tiempos actuales esto no se puede decir en voz muy alta pues ya estamos viendo la suerte que corren los recursos entregados al sistema financiero mundial, ahora se trata de acentuar la “contributividad del Sistema”, lo que quiere decir acentuar la proporcionalidad entre lo que el sujeto protegido aporta y lo que recibe ya que, así, se dice, se consigue mas equidad. Esto último es una tremenda mistificación ideológica que introduce en la mente de los sujetos protegidos (muchos de ellos trabajadores) el egoísmo y la insolidaridad mediante una operación de falseamiento de lo que es la Seguridad Social. La esencia de la Seguridad Social es la solidaridad que se expresa mediante técnicas muy concretas, como son la consideración conjunta de contingencias, el mecanismo financiero de reparto y la ruptura de cualquier relación sinalagmática entre cuota y prestación. Esto último quiere decir que lo que se aporta no está en relación directa con lo que se recibe. Se aporta lo que dice la ley y se recibe lo que también la ley establece, de este modo se trata de conseguir que los que más tienen aporten para los que menos tienen, que se produzca una redistribución de rentas.


Cierto, exigencias de legitimación hacen que el legislador procure que el nivel de vida de cuando se es activo no cambie en exceso cuando se es pasivo, con lo que las diferencias sociales se mantienen. Pero eso no permite hablar de una exigencia de “proporcionalidad” entre lo aportado y lo recibido, cosa que , además, no es posible en mecanismo financiero es de reparto en el que los actuales activos aportan para las prestaciones de los actuales pasivos, con lo que resulta que lo aportado no va a ninguna cuenta del sujeto protegido, sino directamente a la caja común que se encarga de proveer las prestaciones de los pasivos en un claro ejemplo de solidaridad intergeneracional. La contributividad es solamente una falsa ilusión, es introducir ideas de capitalización imposibles en un sistema de reparto. Lo que la contributividad significa en realidad es acentuar la fragmentación de la acción protectora del Sistema pues a lo que lleva, en unión a la separación de fuentes de financiación, es a que quienes tengan una vida profesional estable tengan para si mismos unos recursos provinientes básicamente de cuotas calculadas sobre salarios que financiaran las prestaciones (se está pensando siempre en la pensión de jubilación) de este grupo de población, a los que en aplicación de la propia lógica contributiva se les endurecerán progresivamente las condiciones para causar derecho a las prestaciones. A los que no tengan esa vida estable, los semiexcluídos, se les reservan las prestaciones asistenciales financiadas mediante el sistema impositivo general. Es como volver a Bismarck .


Si la justificación de esta fragmentación es la falta de recursos, hay un medio a disposición del legislador. Se trata de algo tan simple como eliminar el tope máximo de cotización, que desde los años 80 del siglo pasado se viene repitiendo en la Ley de Presupuestos (en el actual Proyecto para 2009 es de 3.166,20 € brutos mensuales). Ese tope significa que quienes ganen menos de esa cantidad son solidarios con el cien por cien de lo ganan, pero quienes la superen lo son solo en una cierta medida. Es un mecanismo para hacer que los ricos se escapen en parte del esquema solidario de la Seguridad Social, lo que es contrario a los principios que la inspiran. Ahora, en plena crisis, es hora de corregir el rumbo de las reformas y no empecinarse en ellas. Hay que mejorar, en concreto, la prestación por desempleo y el aumento de costes que puede suponer puede venir de la eliminación del actual tope de cotización.

jueves, 4 de septiembre de 2008

EL CÓDIGO GENÉTICO DE LA HUELGA




Versión escrita en español de mi intervención oral en inglés en la sesión de clausura del Seminario de Derecho Social Comparado de Pontignano-Montepulciano II, que tuvo lugar el 18 de julio de 2008, en la sede del Palazzo del Capitano del Popolo de esta última ciudad.


Estos días hemos estado discutiendo sobre “Acción Colectiva”. Acción Colectiva no es una expresión neutra, por supuesto, porque bien sabemos que las palabras jamás son neutrales, incluso más, no son inocentes, pero en si misma “acción colectiva”, no es muy emocional.

Sin embargo, emociones han estado presentes estos días en nuestro trabajo. ¿Por qué? En mi opinión porque nuestras reflexiones han estado centradas en una muy especial clase de acción colectiva: La huelga. Huelga es una palabra llena de emotividad. Más allá de cualquier definición canónica, la palabra huelga provoca tanto en el que la pronuncia como en el que la oye una conmoción y, por lo mismo, una aproximación a su concepto no meramente racional. Lo mismo ocurre con otras palabras con las mantiene una estrecha relación como, por ejemplo, esquirol, scab, black-legs.

Nosotros, en tanto que juristas, trabajamos con palabras, por eso, para hacer bien nuestro trabajo tenemos que ser muy respetuosos con los diferentes significados y emotividades de las palabras. Nombrar algo es hacer inteligible una realidad, en cierto modo, en nuestro campo de conocimiento, puede llegar a construirla.

Strike, greve, sciopero, huelga, tienen distintas raíces etimológicas, sin embargo en inglés, francés, italiano o español llevan consigo la misma carga emotiva porque es una palabra usada para nombrar una rebelión contra un orden socialmente establecido. Debemos recordar que la relación de trabajo es una relación entre uno que tiene poder (empresario) y otro que no lo tiene (trabajador), pero al ser un poder construido socialmente la huelga puede ir, y de hecho siempre va, más allá de la mera relación contractual. Si olvidamos todo esto, incluida su dimensión emotiva, no entenderemos que es la huelga.

La huelga, como una forma de rebelión, nació fuera del derecho, es más, nació contra el derecho, porque a comienzos de la revolución industrial el orden social existente era a nuestros ojos de ciudadanos del siglo XXI, injusto.

El código genético de la huelga muestra al menos dos cosas:

1.- Es imposible para el derecho establecer de modo general y abstracto una previsión reguladora del fenómeno de la huelga. Los hechos desbordan al derecho, por tanto si miramos la huelga exclusivamente desde el prisma de la legalidad para constreñir toda su complejidad y encerrarla en los esquemas preestablecidos por los ordenamientos jurídicos cometeremos un grave error.

2.- La huelga puede ser usada de muchos modos, pero uno de ellos, puede que el más importante, es que es un muy útil instrumento para remover obstáculos en el camino hacia la igualdad en un orden social todavía hoy no muy justo en Europa, en donde soplan vientos que empujan a la regresión en derechos sociales tan difícilmente ganados. Es un derecho de ciudadanía ligado a la acción sindical que va más allá de la relación contractual entre empresario y trabajador
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martes, 8 de julio de 2008

DIRECTIVA DE RETORNO. Una página negra para el Derecho




En este mes de junio de 2008 las instituciones europeas han escrito una página negra para el derecho.

El Consejo, esto es, el conjunto de ministros de los veintisiete países europeos, alcanzada la unanimidad, ha impuesto al Parlamento someterse a la aprobación en primera lectura del texto de la Directiva sobre el retorno de ciudadanos de terceros países residentes ilegales, que debe ser objeto de codecisión. Para ello ha amenazando con el reenvío a un periodo de largo término, es decir, con el bloqueo. Una solución que algunos consideraban negativa porque una parte de los países miembros ( al menos siete) tienen en vigor normativas que se consideran menos garantistas de los derechos humanos de las personas en estancia irregular o clandestina que la propuesta del Consejo. El resultado de este compromiso, sin embargo, está ante los ojos de todos: una normativa susceptible de violar los derechos humanos de los inmigrantes irregulares en todos los países europeos.

El forzamiento que ha efectuado el Consejo y la aceptación por parte de la mayoría del Parlamento son tanto más graves si se considera con cuanta fuerza ha siso pedida la ampliación de las competencias del Parlamento, única entre las instituciones europeas que es democráticamente elegida. Pero si pasar de la consulta a la codecisión significa aceptar el chantaje del Consejo, mejor sería, paradójicamente, seguir en el ámbito de la consulta que, por lo menos, dejaría al Parlamento más libre de expresar su opinión. En todo caso el compromiso se ha alcanzado por amplia mayoría: La suma de los votos contrarios y de las abstenciones es muy inferior a la de los votos a favor.

Y así se han aprobado normas que violan nuestro milenario habeas corpus, porque consienten que en el continente europeo una persona pueda ser detenida por 18 meses sin control judicial alguno, permiten que un niño no acompañado sea expulsado a un país que puede no ser el suyo, prevén para la repatriación voluntaria un periodo comprendido entre siete y treinta días. ¿En siete días se puede tener que dejar todo lo que se tiene, sacar a lo hijos de la escuela, organizar el viaje de regreso a un país del cual puede que uno haya salido hace mucho tiempo?

Esta Directiva no muestra una Europa solidaria, justa pero acogedora, una Europa baluarte y garantía de los derechos de la persona. Muestra una Europa fortaleza, que se prepara para construir muros y prisiones para los más débiles en nuestro próximo futuro.

Como juristas europe@s expresamos nuestro profundo desacuerdo tanto por el contenido como por el método adoptado para tomar esta decisión y nos comprometemos a combatirla con las armas del derecho y de la libertad crítica de una opinión pública europea que debe comenzar a hacer oír su propia voz.

Milán, Verona, Barcelona, 30 de junio de 2008.

Las primeras firmantes de esta carta han sido Marzia Barbera, Donata Gottardi y Julia López, profesoras de Derecho del Trabajo, a las que se han sumado ya otras muchas firmas en todo el continente. (Traducción de Joaquín Apapricio Tóvar)

martes, 17 de junio de 2008

LA DEMOCRACIA SE VA (SE PUEDE IR) POR EL DESAGÜE... DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION



No cabe duda que la sociedad española, y probablemente la mayoría de las sociedades del planeta aspiran a vivir en democracia. Pero la palabra democracia se convierte en retórica vacía de contenido si se pasa por alto la cuestión esencial del poder. Cuando el poder reside en unas elites no hay democracia sino oligarquía. Se acepta que en las democracias representativas el poder político debe estar sometido a controles, de ahí la división de poderes y los mecanismos electivos en la designación de los representantes de la ciudadanía. Pero ¿qué pasa con los poderes privados? Si hablamos de democracia tendremos que aceptar que tienen que respetar el equilibrio institucional público diseñado en la Constitución y someterse a la supremacía de los órganos públicos que ejercen su poder cedido por los ciudadanos.

Los medios de comunicación, en cuanto poder privado, están obligados a respetar ese equilibrio establecido por la Constitución y no hacerlo es ponerse al margen de la misma. Los matices pueden ser muchos, desde la lenta y progresiva erosión de las formas democráticas (y de los valores que son su contenido), a la cobertura ideológica del golpe de estado o la apuesta por la vía insurreccional. Bien se sabe que la libre expresión de pensamientos y de opinión y el derecho a comunicar y recibir libremente información veraz son derechos fundamentales que deben de ser respetados en toda democracia. Su importancia estriba en que contribuyen (aunque no solo ellos, pues la educación o la instrucción también tiene un papel importante) a la formación de las opiniones por los argumentos que aporten en los casos de controversias. Expresión de opiniones y comunicación de información veraz deberían, sin embargo, distinguirse bien (como hace el art. 20 de la Constitución) para que los eventuales debates lo sean sin trampas, pero la experiencia muestra que esos límites son harto difíciles de establecer. Lo que se presenta como información veraz no deja de ser muchas veces otra cosa que mera opinión, aunque también aquí caben muchos matices. Dar relevancia a un hecho para convertirlo en noticia, es ya una opción. Cuando un gatito de una anciana se sube a un árbol y por no saber bajar se llama a los bomberos es un hecho que puede ser convertido en noticia. Pero si todos los hechos tan irrelevantes como ese se convirtiesen en noticia hace años que los bosques del mundo habrían sido transformados en papel-prensa. La relevancia o no de un hecho parece que es lo que debe convertirlo en noticia, eso ya es un límite. Pero cuando se trata de hechos que afectan a las instituciones democráticas esta operación debe ser hecha de forma más exquisita. Es otro límite, y otro más cuando está en juego la honorabilidad de las personas que ocupan esos cargos y el prestigio de la institución mismas.

Todo esto viene a cuento del tratamiento “informativo” que el diario El País ha dado a una conversación telefónica privada de la Presidenta del Tribunal Constitucional. De esa conversación lo que primero se deduce es la bondad de Maria Emilia Casas, que llama a alguien que no conoce pero la ruegan informe (información, que no asesoramiento) ante un supuesto desamparo en una situación de malos tratos. ¿No se dice que las personas que ocupan los altos cargos del Estado no deben de perder la sensibilidad propia de la buena gente común y corriente? La piedad es una de las virtudes propias de nuestra cultura, pero puede que obnubilado por la emulación anglosajona lo haya olvidado el diario global El País. ¿Qué tratamiento da El País a ese hecho? El de noticia de primera página calificándolo de asesoramiento punible por el código penal y para apoyar esa construcción reproduce el texto del correspondiente artículo del código penal, pero ¡ que casualidad! eliminando el párrafo fundamental para la tipificación de ese delito. ¿No es esto un caso claro de dudosa ética periodística, de amarillismo? Al parecer ese afamado diario cuando tuvo acceso (¿cómo?) a las transcripciones de la citada conversación se atuvo a lo previsto en su libro es estilo, he aquí que a ese documento privado convertido en guía primigenia de conducta, cuando debería haberse planteado, para ser más respetuoso con el derecho, que tal vez la jueza que había ordenado las escuchas telefónicas a una persona sospechosa de estar implicada en un homicidio ha violado el derecho a la intimidad de la Presidenta del Tribunal Constitucional pues ha escuchado una conversación que nada tiene que ver con el supuesto delito que está investigando (debería recordar el caso de financiación ilegal del Partido Popular conocido como caso Naseiro). Una conversación, por otra parte a todas luces intranscendente.

Cuando ante la infamia cometida en la persona de Maria Emilia Casas, que erosiona al propio Tribunal Constitucional, un grupo de compañeros suyos salimos públicamente a proclamar lo que bien sabemos y debe saber toda la gente, esto es, que la Presidenta del Tribunal Constitucional es ejemplo de honradez, está llena de virtudes, es trabajadora infatigable y de una profunda inteligencia que no debe de dejar de estar al servicio la sociedad española en puestos relevantes porque perderíamos a una persona como hay pocas, Vicente Jiménez, director adjunto, nos contesta en la sección del defensor del lector del día 15 de junio, domingo, (con esos defensores acusadores no hacen falta) que actuamos de “mala fe, con el corporativismo más descarado o una ignorancia monumental sobre el papel de la prensa en una democracia madura” porque pretendemos escamotear a los lectores de El País el conocimiento de los hechos que ellos han decidido convertir en noticia. Solo quien tiene la arrogancia de pensar que tiene un poder sin control puede decir que hacemos “juicios de valor descabellados”. Porque este es el problema, atribuyéndose el papel de servidores de una ciudadanía madura (¡) y bien informada que nadie sino ellos mismos se han asignado, los dirigentes de El País se consideran por encima de las instituciones, pues cuando el Tribunal Supremo ha dicho que los hechos son irrelevantes, cuando lo propio han dicho el resto de Magistrados del Tribunal Constitucional, El País sentenciaba en un editorial que eso no es suficiente, que aunque no hubiese delito (cosa que sugirió en su primer suelto) la opinión pública previamente formada por el mismo pide la dimisión de la Presidenta del Tribunal Constitucional. Pero hay de trampa. Primero se crea de una banalidad una noticia, luego se sigue machacando sobre ella durante 10 días, después el mismo que de algo insustancial levantó una polvareda se erige en representante de la ciudadanía frente a los poderes del Estado establecidos constitucionalmente. “Sin información no hay debate; y sin espacio para el debate la democracia se va por el desagüe”, dice el Sr. Jiménez con razón, pero la democracia se va por el desagüe cuando los que dominan los medios de comunicación llevan a su fregadero debates sobre lo que ellos quieren y como ellos los quieren menoscabando el honor de personas dignas y erosionando instituciones públicas esenciales para la vida colectiva que gozan de legitimidad democrática.

Puestos a elegir los temas para el debate hay que debatir las consecuencias de la conducta periodística antes descrita, porque algunos malpensados, entre otras cosas, pueden conjeturar que es un mensaje dirigido a los que detentan cargos públicos que les dice algo así como: “daos cuenta lo que podemos hacer de una banalidad, así que cuidado con lo que hacéis que nos pueda incomodar” . El que esto firma no es tan malpensado. Otro debate podría abrirse sobre porqué no aparece en primera página un hecho constatado cual es que desde 1 de enero a mediados abril de 2008 iban 22 sindicalistas asesinados (hoy son más) en Colombia por sicarios paramilitares que cuentan, como ha sido repetidamente denunciado por la Confederación Sindical de las Américas, cuanto menos, con la tolerancia del Gobierno de Uribe. Sin embargo para El País, como para otros periódicos españoles, esa noticia no es relevante y el gobierno Uribe es un campeón de las libertades. Una sensibilidad democrática de piel de elefante de la que es muestra la equiparación que hace el Sr. Jiménez entre la noticia a cerca de las investigaciones judiciales hechas sobre el difunto magistrado García Calvo por supuestamente exhibir en una discusión de tráfico una pistola y los hechos del presente caso. Es no entender nada.

Vienen a la memoria unas palabras, creo que de B. Brecht, sobre la gente que en la Alemania de los años treinta del siglo pasado no acababa de ver las tropelías de los nazis que, sin embargo tenían ante sus ojos. Decía mas o menos que “al que sentado sobre brasas no se le quema el culo, no tenemos nada que decirle”. Por eso el debate no puede continuar en las páginas de ese diario, es imposible, tiene que salir fuera.

JOAQUÍN APARICIO TOVAR

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.